18/09/2012
La delegación aragonesa de la Confederación Española de la
Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME) ha alertado de que el nuevo tratamiento
fiscal ordenado por la Agencia Tributaria para aquellos pequeños empresarios en
los que concurre su condición de trabajador y de administrador societario “va
a poner en peligro la continuidad de muchas pequeñas y medianas empresas de las
cerca de treinta mil sociedades registradas en Aragón”, y “constituye un
obstáculo más a la creación de nuevas empresas, ya que el autoempleo se
convierte en una alternativa fiscalmente tan gravosa que deja de ser una
alternativa viable”.
Según la nota difundida por la Agencia Tributaria, las
cantidades que perciban las personas que ostenten el cargo de Administrador en
una Sociedad, por su trabajo, tendrán la consideración de retribuciones por el
cargo de Administrador, aunque la relación con la empresa esté documentada en
contrato laboral. La consecuencia práctica de esta interpretación es que las
retribuciones del empresario, aunque se documenten bajo forma de nómina,
tendrán siempre una retención del 42%, que la empresa deberá ingresar en la
Hacienda Pública, “y ello independientemente del montante de la retribución
y desde el primer euro” señala CEPYME.
Por lo tanto, para que el empresario pueda percibir una
retribución de 1.000 euros al mes para su sostenimiento personal, tendrá que
disponer de la cantidad de 1.724 euros, ya que deberá ingresar 724 en la
Hacienda Pública como retención a cuenta del IRPF.
Estas retenciones a cuenta se liquidarán por el empresario
en el momento en que realice su declaración sobre el IRPF, entre 18 y 6 meses
después de haberse practicado las mismas. CEPYME señala que en muchos casos el
resultado de la liquidación será a devolver, pero se habrá estado financiando
con estas cantidades a la Hacienda Pública durante un periodo de hasta 18
meses, “lo que resulta particularmente gravoso en este momento en que las
empresas carecen en general de liquidez”, afirma la organización
empresarial.
CEPYME recuerda que son numerosísimas las Pequeñas y
Medianas Empresas que tienen forma de Sociedad Mercantil (sociedad limitada o
anónima), en las que el propietario realiza labores de dirección, gerencia y eventualmente
otros trabajos y funciones en el seno de la empresa, y además figura como
Administrador Societario a efectos mercantiles. Esta fórmula es absolutamente
habitual en las empresas de menor tamaño y de ámbito personal y familiar.
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