23/09/2011
La entrada en vigor de la nueva Ley de Residuos y Suelos Contaminados modifica conceptos y cambia la gestión
Toda sustancia u objeto obtenido en un proceso productivo que no es producto final, ¿es un residuo? Y, ¿cuándo un residuo deja de serlo? Estas y otras muchas dudas que las pymes aragonesas tienen sobre las nuevas definiciones, requisitos y modificaciones introducidas en la nueva Ley de Residuos y Suelos Contaminados, que entró en vigor a finales de julio, serán resueltas esta mañana en una jornada organizada por el Gobierno de Aragón y Cepyme en el Pignatelli.
Y es que la aparición de definiciones como las de residuo doméstico, comercial e industrial hace necesario clarificar las competencias de gestión. Y para ello se ha editado una guía que se presenta hoy y que explica el contenido de la ley. La inauguración correrá a cargo del consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, Federico García López, y del presidente de Cepyme Aragón, Aurelio López de Hita.
El caso es que la basura ya no es un producto carente de valor, sino que se transforma en una oportunidad de negocio. Y "los sectores de la gestión y reciclado de residuos están arrojando, en los últimos años, un alto nivel de crecimiento. El sector del reciclado proporciona cada vez más recursos a la industria manufacturera al tiempo que los residuos están pasando a considerarse una valiosa fuente de recursos para la industria", explica Mª Pilar Gómez, directora de la asesoría ambiental de Cepyme.
Y es así como la Unión Europea va avanzando en una "estrategia sobre prevención y reciclado de residuos, con el objetivo a largo plazo de convertirse en una sociedad del reciclado que trate de evitar los residuos y aprenda a utilizarlos como recurso", añade.
Definiciones
En el marco normativo, la Directiva Marco de Residuos del 2008 aclara la diferencia entre residuo y subproducto, e introduce criterios para el fin de la condición de residuo. Define residuo, reutilización, reciclado, valorización y eliminación. Y distingue entre residuo doméstico, comercial e industrial, que serán gestionados de manera diferente. Y todo ello se ha traspuesto a la normativa española mediante la Ley 22/2011 de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados. Otro de los objetivos ha sido lograr una mayor claridad y sistematización de las obligaciones de los sujetos intervinientes en la cadena de producción y gestión de residuos.
Toda sustancia u objeto obtenido en un proceso productivo que no es producto final, ¿es un residuo? Y, ¿cuándo un residuo deja de serlo? Estas y otras muchas dudas que las pymes aragonesas tienen sobre las nuevas definiciones, requisitos y modificaciones introducidas en la nueva Ley de Residuos y Suelos Contaminados, que entró en vigor a finales de julio, serán resueltas esta mañana en una jornada organizada por el Gobierno de Aragón y Cepyme en el Pignatelli.
Y es que la aparición de definiciones como las de residuo doméstico, comercial e industrial hace necesario clarificar las competencias de gestión. Y para ello se ha editado una guía que se presenta hoy y que explica el contenido de la ley. La inauguración correrá a cargo del consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, Federico García López, y del presidente de Cepyme Aragón, Aurelio López de Hita.
El caso es que la basura ya no es un producto carente de valor, sino que se transforma en una oportunidad de negocio. Y "los sectores de la gestión y reciclado de residuos están arrojando, en los últimos años, un alto nivel de crecimiento. El sector del reciclado proporciona cada vez más recursos a la industria manufacturera al tiempo que los residuos están pasando a considerarse una valiosa fuente de recursos para la industria", explica Mª Pilar Gómez, directora de la asesoría ambiental de Cepyme.
Y es así como la Unión Europea va avanzando en una "estrategia sobre prevención y reciclado de residuos, con el objetivo a largo plazo de convertirse en una sociedad del reciclado que trate de evitar los residuos y aprenda a utilizarlos como recurso", añade.
Definiciones
En el marco normativo, la Directiva Marco de Residuos del 2008 aclara la diferencia entre residuo y subproducto, e introduce criterios para el fin de la condición de residuo. Define residuo, reutilización, reciclado, valorización y eliminación. Y distingue entre residuo doméstico, comercial e industrial, que serán gestionados de manera diferente. Y todo ello se ha traspuesto a la normativa española mediante la Ley 22/2011 de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados. Otro de los objetivos ha sido lograr una mayor claridad y sistematización de las obligaciones de los sujetos intervinientes en la cadena de producción y gestión de residuos.
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